Sobrepoblación 04

Lo que sin embargo está permitido, y lo que de hecho es el deber de toda persona, es garantizar que la naturaleza siga su curso allí donde una ayuda (o más precisamente dicho, una desayuda) únicamente extiende el sufrimiento y el dolor, o donde al recién nacido, ya desde el comienzo, no le puede esperar ninguna vida sana (sana en sentido amplio). En tales "casos" se abandonan todas las medidas que extienden la vida.

Como fue mencionado, el cuerpo humano es vivificado por una parte de la Creación que es capaz de evolucionar, es decir, capaz de desarrollarse y de aprender, desarrollándose más y más, vida tras vida, lentamente pero con certeza, y tomando más conocimiento (sólo el conocimiento y la sabiduría lógica) hasta aquel punto en un futuro lejano, cuando el cuerpo material ya no es necesario, y el proceso de aprendizaje sigue, pero sólo en el campo espiritual. (El ente espiritual está unido al planeta donde la persona murió. El así llamado "más allá" es un campo que con relación al tiempo y el espacio corresponde a nuestra realidad, pero simplemente es de una dimensión más fina. En el más allá, el ente espiritual evalúa las experiencias de la vida recién pasada, para al concluir este proceso, volver a nacer. La nueva persona comienza entonces su vida exactamente en el mismo nivel de conocimiento en el que murió la ultima vez.)

¿Cuándo entra el ente espiritual al cuerpo humano? Esto ocurre aproximadamente 21 días después de la fertilización, cuando comienza a crearse la médula cerebral del embrión. Desde ese momento comienza a trabajar la conciencia del embrión y se puede decir entonces que es un ser humano. Por lo tanto se reconoce el objetivo: si es que en los 21 días se comprueba un daño en el ser que se está desarrollando puramente por impulsos naturales, entonces se puede y se debe extirpar la creciente semilla e interrumpir el embarazo. Sin embargo, la ciencia de hoy en la Tierra aún no está tan avanzada que existan pruebas para embarazos de esa edad (se debería poner absolutamente más énfasis en esto). Por eso, el marco de tiempo durante el cual se puede o está permitido realizar un aborto debe ser extendido temporalmente hasta más tarde en el embarazo. Para el reconocimiento de tales daños, lógicamente se debe dar bienvenida al diagnóstico prenatal, y paralelamente, la realización y la promoción de la investigación genética. Cuando digo que se debe promover la investigación genética, se entiende obviamente sólo para el bien del ser humano y todas las formas de vida. La clonación genética de seres humanos ciertamente no cae en esta categoría.